Suprema Corte protege a menores y familias LGBTTTIQ+: invalida normas en Guerrero y Aguascalientes
El Pleno de la SCJN eliminó leyes que permitían terapias de conversión a menores en Guerrero y discriminaban a familias homoparentales en Aguascalientes

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó el martes 21 de mayo, disposiciones de los Códigos Penales de Guerrero y Aguascalientes que vulneraban derechos de la comunidad LGBTTTIQ+ en esos estados sobre terapias de conversión y discriminación a familias homoparentales.
En Guerrero, el Máximo Tribunal determinó la invalidez de la norma del Código Penal estatal que exceptuaba a los padres y quienes ejerzan patria potestad de la sanción por sometimiento a menores de edad a terapias de conversión. Aquello, detalló la Corte, era contrario a los derechos de identidad sexual y de género.
El artículo 177 Ter del Código Penal para el Estado de Guerrero permitía que los tutores impusieran a los menores de edad terapias para "hacerlos heterosexuales" sin enfrentar ninguna consecuencia penal.
Estos tratamientos, explicó la SCJN, buscan "cambiar" la orientación sexual o identidad de género de una persona, basados en la idea errónea de que es una "enfermedad" o algo "anormal". Sin embargo, se ha demostrado que causan daños físicos, emocionales y psicológicos graves.
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El Pleno de la Corte reconoció la presunción de que los progenitores "saben lo que más le conviene a sus hijos". No obstante, estableció límites de responsabilidad parental para evitar intervenciones que pretendan anular el ejercicio de su orientación sexual.
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