Improvisación y desaseo en elección judicial
Aparecen como elegibles personas que no se ajustan a los requisitos de la convocatoria

La premura y el desaseo con que se realiza el proceso para elegir a jueces y magistrados del Poder Judicial del Estado evidencia contradicciones entre la reforma a la Constitución del Estado, hecha en diciembre y la convocatoria que establece los requisitos que deben cumplir las y los aspirantes.
Así ocurre con la inclusión de José Luis Ruiz Contreras, actual secretario de Seguridad Pública estatal y quien en mayo del año pasado dejó de ser fiscal general del estado; él aparece en la lista de personas elegibles publicada por el Poder Judicial del Estado en el Periódico Oficial del Estado.
Aparece bajo el apartado de quienes se encuentran en los supuestos previstos en el artículo cuarto transitorio de la reforma a la Constitución estatal, publicada el 19 de diciembre de 2024 y que ordena: "Las personas que a la fecha ya se encuentren en funciones de Magistrados, Magistradas, Jueces o Juezas de Primera Instancia del Poder Judicial del Estado, serán incorporadas automáticamente y sin necesidad de integrar expediente a los listados del Comité de Evaluación del Poder Judicial del Estado".
Pero la convocatoria para elegir y seleccionar aspirantes a jueces y magistrados, publicada el 23 de enero de 2025, va en sentido contrario; entre las bases que se establecieron, la cuarta, fracción VI, letra e, marca como impedimento: "Haber sido persona titular de la Fiscalía General del Estado; Diputado o Diputada local, o titular de Presidencia Municipal, en el año inmediato anterior al día de la publicación de la presente convocatoria".
Ese sería el caso de José Luis Ruiz Contreras, quien fue el fiscal general del estado hasta hace apenas unos meses.
Hay también otras anomalías, como la aparición de aspirantes en los tres procesos, que organizan por separado el Poder Legislativo, el Ejecutivo y el Judicial, como es el caso de Héctor Vega Robles, a pesar de que las tres convocatorias respectivas establecen que sólo podrán participar en uno de los tres procesos.
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