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Juez ordena suspender ampliación de bulevar Río Santiago

Requirió a Seduvop la acreditación de permisos ambientales, dictámenes técnicos y medidas de mitigación o reforestación

Por Rolando Morales

Abril 23, 2025 11:23 a.m.

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Fotos: Alberto Martínez/Pulso

Fotos: Alberto Martínez/Pulso

La organización civil Cambio de Ruta dio a conocer que el Juzgado Sexto de Distrito Del Noveno Circuito Judicial Federal le concedió el amparo para suspender los trabajos de deforestación en el proyecto urbano de la ampliación del bulevar del Río Santiago que lleva a cabo el Gobierno del Estado. 

Según el juicio de amparo 614/2025-III, promovido por Cambio de Ruta, se ordena frenar los trabajos de tala y afectación de arbolado urbano en el mencionado proyecto, específicamente en entre El Palmar y Palma de la Cruz, ubicado en los municipios de Soledad de Graciano Sánchez y San Luis Potosí

Esto, luego de que se dio a conocer que la obra, licitada por la Secretaría de Desarrollo Urbano, Vivienda y Obras Públicas (Seduvop) comenzó con actividades de desmonte, derribo de árboles y vegetación a lo largo del cauce del río, situación que de acuerdo con Alfredo Ávila Galarza, especialista de la Universidad Autónoma de San Luis Potosí (UASLP) no cuenta con el estudio de impacto ambiental aprobado.

El acto reclamado se caracteriza principalmente por la ya mencionada ausencia de un estudio ambiental debidamente autorizado y vigente, previo a la ejecución de la obra, así como la inexistencia de medidas preventivas, correctivas o de mitigación ambiental obligatorias conforme a la normatividad aplicable. 

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Fotos: Pulso 

Asimismo, se señala la omisión de someter la obra a una consulta pública ambiental, tal y como lo estipula la Ley Ambiental del Estado, así como los principios internacionales establecidos en el Acuerdo de Escazú. También se añadió la falta de planes de compensación o restauración ambiental para mitigar el daño ecológico producido. 

Por lo tanto, dice Cambio de Ruta, esta decisión judicial ordena detener de forma inmediata cualquier acto de deforestación, poda, derribo o traslado de vegetación, en tanto no se acredite la existencia de permisos ambientales que sean válidos, dictámenes técnicos especializados así como las medidas de mitigación o reforestación adecuadas. 

En caso de que las autoridades responsables llegaran a contar con los mencionados permisos, deberán garantizar el trasplante de los árboles o aplicar las medidas de compensación ambiental con base en la legislación local e internacional. 

Cambio de Ruta, también puntualizó que el amparo promovido no busca frenar el desarrollo urbano, sino asegurar que estas obras se realice de forma legal, transparente y sustentable, por lo que exhortaron a las autoridades estatales y municipales a acatar la resolución judicial.