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Otro revés de la SCJN al Congreso

Se cae permiso de cobro por infraestructura eléctrica en V. de Ramos

Por Jaime Hernández

Mayo 13, 2026 03:00 a.m.

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Otro revés de la SCJN al Congreso

La Suprema Corte de Justicia de la Nación anuló el cobro que preveía hacer este año la alcaldía de Villa de Ramos por licencia de funcionamiento de infraestructura eléctrica, rebatiendo la postura del Congreso del Estado, que aprobó la Ley de Ingresos de ese municipio e insistía en defender la validez de la medida.

Controversia constitucional y argumentos de las partes

Lo anterior según la sentencia sobre la controversia constitucional 68/2025.

En la querella, el gobierno federal impugnó el artículo 23 de la Ley de Ingresos de V. de Ramos, aprobada por el Congreso, en el que se autorizaba cobrar las licencias de funcionamiento a infraestructura eléctrica, como subestaciones y postes.

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El gobierno federal se inconformó, señalando que el Congreso había invadido atribuciones exclusivas de la Federación en materia de energía.

El Congreso argumentó que el cobro estaba amparado por la autonomía municipal y señaló que había jurisprudencia que establecía que un servicio público federal no estaba exento de ese pago.

Decisión de la Suprema Corte y fundamentos legales

En respuesta, la SCJN indicó que, por tratarse la energía eléctrica de un área estratégica, su normatividad era facultad exclusiva de la Federación, además de que la Ley de Coordinación Fiscal prohíbe a las alcaldías y a los estados aplicar cobros por bienes de dominio público dedicados a la energía eléctrica.

"Se declara la invalidez del artículo 23, párrafos primero, numeral 16, y segundo, numeral 16... de la Ley de ingresos de V. de Ramos, San Luis Potosí", concluyó el fallo.