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Quedan tres días festivos en el calendario laboral de 2025

Consulta los días no laborables y vacaciones escolares en el calendario de feriados 2025 en México.

Por El Universal

Julio 30, 2025 08:55 p.m.

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Quedan tres días festivos en el calendario laboral de 2025

CIUDAD DE MÉXICO, julio 30 (EL UNIVERSAL).- Con la llegada de agosto, surge una duda común entre trabajadores y padres de familia en México: ¿habrá algún día feriado durante este mes? Esta pregunta toma fuerza, especialmente porque el periodo vacacional de verano continúa para estudiantes de nivel básico, lo que representa una oportunidad para planear actividades en familia o incluso una breve salida de descanso.

De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo (LFT) agosto no se encuentra entre los meses que contemplan fechas conmemorativas que generen suspensión de labores. Es decir, no hay feriados ni puentes oficiales programados, por lo que las actividades laborales y administrativas continúan con normalidad en el sector público y privado.

Quienes sí disfrutan de un descanso prolongado en este periodo son los docentes. Según el calendario escolar emitido por la Secretaría de Educación Pública (SEP), los maestros continúan en receso debido a las vacaciones de verano.

Según el mismo documento, los maestros deberán reincorporarse a las actividades el lunes 25 de agosto, como parte de los preparativos para el inicio del ciclo escolar 2025-2026, programado para el próximo 1 de septiembre.

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De acuerdo con el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo, el próximo día feriado será el martes 16 de septiembre, con motivo de la conmemoración del inicio de la Independencia de México.

Esta fecha es uno de los días de descanso obligatorios para todos los trabajadores, tanto del sector público como privado, sin necesidad de que se traslade a lunes para generar un puente.

De acuerdo con la LFT, los días obligatorios restantes para este 2025 serán los siguientes:

Martes 16 de septiembre: Independencia de México

Lunes 17 de noviembre: En conmemoración del 20 de Noviembre (Revolución Mexicana)

Jueves 25 de diciembre: Navidad

Estos días están establecidos por ley como no laborables, salvo en casos en los que, por necesidades del servicio, se deba trabajar; en esos casos, el empleado tiene derecho a una compensación adicional conforme a lo que indica la legislación vigente.