logo pulso
PSL Logo

Harfuch desmiente que Iván Archivaldo haya escapado en operativo

Explicó que los objetivos eran muy claros y fueron detenidos con éxito

Por El Universal

Febrero 25, 2025 01:51 p.m.

A
Omar García Harfuch / Foto: Archivo

Omar García Harfuch / Foto: Archivo

Omar García Harfuch, titular de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC) desmintió que Iván Archivaldo Guzmán Salazar "El Chapito", hijo de Joaquín "El Chapo" Guzmán, haya escapado de operativos por el túnel de una casa de Tierra Blanca en Culiacán.
A pregunta expresa sobre si se desmentía que Iván Archivaldo escapó por el túnel, García Harfuch respondió que "sí".
"Sí, los objetivos eran muy claros. Eran dos operaciones distintas, una se llevó a cabo en la tarde, otra en la noche. Los objetivos son los que se obtuvieron", afirmó.
El titular de la SSPC explicó que la detención del Ejército Mexicano y Fuerza Aérea iba enfocada en su totalidad a dos objetivos -Gustavo "N", "El Güerito" y Kevin Alonso "N", "El 200"-.
"Eran objetivos específicos, los dos se cumplieron con éxito y no era el objetivo en esas dos operaciones el sujeto que usted menciona -El Chapito-", afirmó.
De forma general señaló que se han asegurado múltiples propiedades que tienen, "mas que túneles, tipo pasadizos u otras rutas de escape".
Afirmó que es común en Sinaloa desde hace algunos años asegurar este tipo de casas.
- García Harfuch destaca detenciones de "El 200" y "El güerito"
Durante la mañanera de este 25 de febrero en Palacio Nacional, el titular de la SSPC afirmó que las acciones que se han tomado por parte de las Fuerzas Armadas han sido clave para el debilitamiento no solo de "Los Chapitos" si no también de "Los Mayos" y otros grupos criminales.
"Más que cerca o lejos, es un debilitamiento constante a las estructuras delictivas, con una finalidad: que no generen violencia", afirmó García Harfuch.
Esto luego de que se le preguntó qué tan cerca han estado las fuerzas federales y el Gabinete de Seguridad de la detención de Iván Archivaldo, líder de "Los Chapitos".
"En las últimas tres acciones, que son directamente del objetivo a quien usted hace referencia, fue primero la del piloto, segundo la de Insunza "N" y tercera la de este sujeto, "El 200" que era su jefe de seguridad", dijo.

Tribunal da revés a FGR en caso Caro Quintero
La Fiscalía General de la República (FGR) sufrió un revés en su intento por echar abajo la suspensión de plano que mantiene suspendido el proceso de extradición a los Estados Unidos del capo Rafael Caro Quintero, hasta que se resuelva en definitiva el juicio de amparo que el sinaloense promovió en enero, tras el retorno de Donald Trump a la Casa Blanca.
Un Tribunal Colegiado declaró infundada la queja que la FGR, encabezada por el fiscal Alejandro Gertz Manero, que interpuso contra la medida cautelar la titular del Juzgado Segundo de Distrito en materia Penal en el Estado de México, Raquel Ivette Duarte Cedillo.
Por unanimidad, el Primer Tribunal Colegiado en materia Penal con residencia en el Estado de México, declaró infundados los argumentos de la Unidad de Procedimientos Internacionales de la FGR, que reclamó que anteriormente se le había otorgado otra suspensión a Caro Quintero, misma que fue sobreseída.
Además, acusó que la medida cautelar implica un estado de desigualdad e inequidad procesal, lo que resulta en la trasgresión al principio de legalidad.
Indicó que en este caso, tampoco se dio la apertura al incidente de suspensión para que la autoridad alegara la improcedencia de su concesión.
"La jueza de amparo incorrectamente concedió de oficio y de plano la suspensión del acto, previo a ello debió verificar en el Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes (SISE) los antecedentes del quejoso, pues de haberlo hecho se hubiera percatado de la conducta dolosa del reclamado, quien promovió el juicio de amparo sólo para obtener una suspensión", se quejó la FGR.
Sin embargo, el Tribunal Colegido estimó que la suspensión no obstaculiza el procedimiento de extradición, toda vez que Caro Quintero expuso que el mismo se encuentra en la fase de ofrecimiento de pruebas.
De igual forma, el órgano jurisdiccional determinó que no puede inferirse que los actos reclamados en este juicio de amparo se traten de los mismos que se impugnaron en la demanda de garantías que se sobreseyó el 27 de diciembre de 2023.
"Con independencia de su denominación, en el caso, fue correcta la decisión de la juzgadora de amparo de otorgar de oficio y de plano la suspensión de los actos reclamados para que las cosas se mantengan en el estado en que se encuentran y no sea llevada la entrega del quejoso al Estado requirente", determinó el Tribunal Colegiado.