Tendederos de denuncia son legítimos
Visibilizan la violencia de género e inoperancia institucional: abogada

El Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Segundo Circuito determinó que los tendederos de denuncia constituyen una forma legítima de manifestación y visibilización de la violencia de género, protegida por la libertad de expresión.
Esta resolución, derivada de un amparo directo, tiene alcance nacional y puede ser utilizada como precedente por abogadas, abogados y activistas en todo el país.
La abogada y defensora de derechos humanos Sandra Quiñones calificó esta resolución como un avance histórico. "El hecho de que ya los Tribunales Colegiados de Circuito toquen el tema y pongan en la palestra algo que muchas abogadas hemos sostenido, de que visibilizar problemáticas no viola ninguna norma ni genera menoscabo de derechos, es fundamental", destacó.
El caso que derivó en esta tesis, se originó por un juicio promovido por un particular contra la Universidad Autónoma Metropolitana (UAM), quien reclamaba daños a su imagen tras ser señalado en un tendedero universitario. La universidad había adoptado medidas de protección tras una denuncia penal por violencia sexual en contra de la persona reclamante.
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El Tribunal resolvió que no se demostró responsabilidad patrimonial del Estado, al no existir daño real y directo derivado de una actividad irregular, pero reconoció que los tendederos cumplen una función social clave: visibilizar la violencia de género y la inoperancia institucional.
Según Quiñones, los tribunales identifican tres elementos esenciales: primero, que los tendederos son expresiones válidas dentro de los límites de la libertad de expresión; segundo, que constituyen una forma de informar a la comunidad sobre problemáticas urgentes, como la presencia de agresores sexuales; y tercero, que evidencian la inoperancia del Estado para garantizar justicia a mujeres y niñas. "No sólo denuncian a una persona, también señalan la falta de protocolos, políticas públicas y acceso real a la justicia", explicó.
La abogada destacó que, aunque en un inicio estos mecanismos generaron controversia, sobre todo en universidades, por posibles acusaciones de discriminación o ciberacoso, esta tesis protege a las mujeres que los utilizan.
Asimismo, señaló que su aplicación no se limita a un estado, sino que es válida a nivel nacional, lo que abre la posibilidad de replicarla en distintas instituciones y comunidades. "Nos termina arropando a las mujeres porque ya no sólo nos respalda la Constitución; ahora existe un reconocimiento explícito del Poder Judicial a este tipo de manifestaciones", concluyó.
Los tendederos de denuncia han emergido como una herramienta colectiva para evidenciar violencias en contextos donde las instituciones formales del Estado han sido ineficaces o han perpetuado la impunidad. Su propósito es romper el silencio, generar conciencia colectiva y exigir respuestas institucionales, sin que constituya un acto de violencia o afectación ilegítima de derechos.
La tesis aislada, publicada el 15 de agosto en el Semanario Judicial de la Federación, lleva el número de amparo directo 437/2023, con unanimidad de votos, ponente Julia María del Carmen García González y secretario Edgar Salgado Peláez.
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