Cierre definitivo a antros con menores

De acuerdo con la reforma el Reglamento de Comercio del Ayuntamiento de San Luis Potosí, se podrán emitir clausuras definitivas en caso del ingreso de menores de edad a establecimientos que tengan prohibido su acceso, así como proporcionar información falsa, la probable comisión de delitos, la reincidencia en causas de sanciones y el impedimento de labores de inspección y vigilancia.
Esto de acuerdo con el dictamen que Reforma, Adiciones y Derogaciones de diversas disposiciones del Reglamento para el Ejercicio de las Actividades Comerciales, Industriales y de Prestación de Servicios del Municipio, publicado en el Periódico Oficial del Estado y la Gaceta Municipal.
Dentro de los principales puntos a destacar en la reforma se encuentra el establecer un plazo máximos de atención de 3 a 8 días hábiles según la gravedad a las denuncias ciudadanas.
En caso de omisión, la Contraloría Interna intervendrá e iniciará procedimientos de responsabilidad administrativa. Además, se exige la colaboración con la Fiscalía cuando haya posibles delitos y se ordena la separación inmediata del personal involucrado para garantizar investigaciones imparciales.
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Las licencias de funcionamiento solo podrán ser expedidas por la Dirección de Comercio, que también podrá negarlas o cancelarlas si no se cumplen las condiciones de seguridad y protección civil. Se contempla la obligatoriedad de pólizas de seguro para actividades de alto impacto o establecimientos como bares y cantinas. Se establecen causas claras para clausura definitiva, como permitir el ingreso de menores, falsificar información, reincidencia o impedir inspecciones.
Se fortalecen los mecanismos de control y vigilancia con la participación de la Contraloría Interna y la Comisión de Comercio en auditorías y procedimientos. También se implementa una aplicación tecnológica que permitirá consultar licencias vigentes, planos, rutas de evacuación, y presentar denuncias ciudadanas. La anuencia vecinal requerida aumentó al 66 por ciento en un radio de 100 metros, y los dictámenes para emitir licencias deben resolverse en un plazo máximo de 60 días hábiles.
Se impuso la obligación de exhibir visiblemente capacidad del lugar y restricciones de acceso en restaurantes, bares y discotecas, así como mostrar planes de contingencia. Se prevé la caducidad de trámites por inacción del solicitante y el cierre inmediato si, vencida una licencia provisional, no se gestiona la definitiva. Mientras que todas las licencias deberán publicarse en una plataforma digital bajo principios de transparencia y máxima publicidad.
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